Implantación de un nuevo sistema de gestión de IVA en España

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Implantación de un nuevo sistema de gestión de IVA en España

Renovarse o morir. Éste parece ser el nuevo lema de la Agencia Tributaria española a la vista de las recientes modificaciones introducidas por el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del impuesto sobre el valor añadido, por el que se modifican el Reglamento del impuesto y otras normas tributarias.

Entre las principales novedades legislativas destaca como medida estrella la implantación de un nuevo sistema de gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información (SII), en vigor desde el 1 de julio de 2017, y que viene a sustituir – tras más de 30 años de funcionamiento –  el que hasta hace un par de meses era el sistema vigente.

El SII consiste, fundamentalmente, en el suministro electrónico de los registros de facturación que integran los Libros de Registro del IVA. A tal efecto, los contribuyentes obligados al SII (así como aquellos que decidan utilizarlo de forma voluntaria) deben enviar a la Agencia Tributaria a través de su sede electrónica el detalle de los registros de facturación en un plazo de 4 días, de manera que se irán configurando, prácticamente en tiempo real, los distintos Libros de Registro.

No obstante lo anterior, durante el primer semestre de vigencia del sistema los contribuyentes disponen de un plazo extraordinario de 8 días para el envío de la información, al objeto de que puedan ir familiarizándose con mayor tranquilidad con las nuevas cargas administrativas que incorpora el Suministro Inmediato de Información.

El colectivo que obligatoriamente tiene que cumplir con el nuevo sistema está integrado por aquellos sujetos pasivos que estén inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME), así como las grandes empresas (facturación superior a 6 mill. de euros) y los grupos societarios a efectos de IVA. En definitiva, todos aquellos sujetos pasivos cuya obligación de autoliquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido sea mensual.

Según los cálculos facilitados por la Agencia Tributaria, el impacto del nuevo Suministro Inmediato de Información es enorme, ya que afecta a unos 63.000 contribuyentes que representan aproximadamente el 80% del total de la facturación empresarial del país.

Con la implantación del SII, se pretende mejorar el control tributario y la asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones. En palabras Rufino de la Rosa, Director del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, el nuevo sistema de gestión online del IVA tiene entre sus propósitos fundamentales la modernización de la gestión del IVA para proporcionar a las empresas información inmediata y contrastada.

Además, la configuración de esta novedosa herramienta permite a las empresas una reducción de sus obligaciones formales. Los contribuyentes están exentos de la obligación de presentar los modelos 347 (operaciones con terceras personas), 340 (libros registro) y 390 (resumen anual del IVA).

Desafortunadamente, no es oro todo lo que reluce y a lo largo de este primer semestre de 2017 han sido numerosas las preocupaciones vertidas por las empresas incluidas en el SII.

En cualquier caso, resulta destacable el esfuerzo de modernización que se está llevando a cabo tanto por los sujetos pasivos afectados por esta medida -a través de la adaptación de sus sistemas informáticos- como por la AEAT. El tiempo dirá si ha merecido la pena.

Dr. Thomas Rinne, Rechtsanwalt y Abogado, Buse Heberer Fromm, Frankfurt am Main

Lidia Minaya, Abogado, Buse Heberer Fromm, Frankfurt am Main